Nueva ley contra la okupación: la propuesta de Feijóo en Sevilla

Alberto Núñez Feijóo ha prometido en Sevilla una nueva ley contra la okupación que obligaría a desalojar viviendas en un máximo de 48 horas. El anuncio llega cuando el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Civil ya contienen mecanismos para actuar contra la ocupación ilegal, aunque con plazos y garantías procesales que el líder del PP considera insuficientes.
Allanamiento y usurpación: dos delitos con castigos distintos
La legislación española distingue entre allanamiento de morada y usurpación. El artículo 202 del Código Penal castiga el allanamiento con prisión de seis meses a dos años; si media violencia o intimidación, la pena sube a entre uno y cuatro años, además de multa de seis a doce meses.
La usurpación, regulada en el artículo 245, se aplica a inmuebles que no constituyen morada, como viviendas deshabitadas. Sin violencia, la sanción es multa de tres a seis meses; con violencia o intimidación, la pena puede alcanzar prisión de uno a dos años.
El límite de 48 horas no existe como regla general
La creencia de que la policía solo puede actuar en las primeras 48 horas carece de base legal. Los agentes pueden intervenir sin autorización judicial cuando el delito es flagrante y las circunstancias permiten apreciarlo de inmediato.
Si existen dudas sobre la condición jurídica del inmueble o las circunstancias de la entrada, se requiere resolución judicial. No hay un plazo único que condicione la actuación policial.
La reforma de 2025 ya aceleró los juicios por okupación
En 2020, el Ministerio del Interior aprobó un protocolo para mejorar la respuesta policial y la protección de las víctimas. El 3 de abril de 2025 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2025, que permite aplicar el procedimiento de juicio rápido a ciertos casos de allanamiento y usurpación, siempre que se cumplan los requisitos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
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Esto no significa que toda denuncia termine en desalojo inmediato. La duración del procedimiento depende de la complejidad del caso, las pruebas disponibles y las circunstancias de los implicados.
La propuesta de Feijóo choca con la normativa vigente
Feijóo ha defendido que los okupas salgan de las viviendas en 48 horas "sí o sí", pero la legislación actual ya contempla vías rápidas. La diferencia está en si se eliminan las garantías judiciales que hoy condicionan el desalojo cuando hay dudas sobre la titularidad o la forma de entrada.
La promesa electoral sitúa el debate en si el problema es la falta de leyes o la lentitud de los tribunales. Los operadores inmobiliarios y propietarios de viviendas en alquiler siguen de cerca cualquier cambio que acelere la recuperación de inmuebles ocupados.
Información publicada originalmente por El Confidencial.
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